Todos los autores se desvanecen en la IA

Introducción

La figura del autor ha sido un concepto en constante transformación, reflejando cambios epistemológicos, tecnológicos y culturales. En la Antigüedad, la autoría estaba ligada a la autoridad divina; en la Modernidad, se asoció a la individualidad creativa; y hoy, la inteligencia artificial (IA) desafía estas nociones al generar obras literarias, artísticas y científicas sin intervención humana directa. Este ensayo rastrea la evolución de la autoría desde sus orígenes hasta la era digital analizando cómo herramientas como ChatGPT y Midjourney reavivan debates filosóficos y legales. ¿Puede una inteligencia artificial ser considerada autora o es una herramienta sofisticada? Para responder esta pregunta, se examinarán teorías clave de Foucault y Barthes, casos jurídicos recientes y las tensiones entre innovación y regulación. 

El autor en la Antigüedad y el Renacimiento: semejanza y autoridad

En la Antigüedad y el Medioevo, la noción de autor estaba intrínsecamente ligada a la autoridad, a menudo de carácter divino, y servía como legitimación del discurso. En el ámbito científico, adjudicar una obra a figuras como Hipócrates o Aristóteles garantizaba su veracidad. El valor de una obra no residía en su autor real, sino en la figura a quien se atribuía. La autoría estaba ligada a la autoridad y el conocimiento válido era aquel que podía ser conectado con figuras prestigiosas (Foucault citado por Misseri, 2023). En cambio, los autores de obras artísticas tenían escasa importancia ya que las mismas eran anónimas o colectivas y se transmitían sin importar el nombre del creador. La creación artística se veía como una forma de reproducción de modelos ya existentes como los mitos, los relatos religiosos o épicos y no como un ejercicio de invención personal. Lo que importaba en estas obras era el contenido y su función moralizante, religiosa o educativa. 

Durante el Renacimiento, el saber occidental estaba dominado por el principio de la semejanza. Michel Foucault desarrolla esta idea en Las palabras y las cosas (Foucault, 1968) al analizar Las meninas de Velázquez donde muestra cómo el mundo se concebía como un sistema de resonancias y reflejos, donde todo estaba vinculado por similitudes profundas, a veces visibles, a veces ocultas. Conocer era, fundamentalmente, interpretar las marcas invisibles para desentrañar el sentido oculto de las cosas. El lenguaje no era un sistema arbitrario de signos independientes, sino parte del mundo mismo, entrelazado con sus signos. La escritura era superior porque acumulaba confirmaciones basadas en semejanzas. La tarea del historiador, hasta mediados del siglo XVII, era recopilar documentos y signos. Este pensamiento clásico se sustentaba en la distancia entre el orden perceptible y un orden profundo, invisible, que había que descifrar.

La época clásica (siglos XVII y XVIII): representación y discurso

El siglo XVII marcó una ruptura con el paradigma renacentista. Según Foucault, los signos dejaron de ser parte intrínseca de las cosas y pasaron a funcionar como modos de representación. Con la invención de la imprenta, se consolidó la costumbre de firmar las obras, fortaleciendo la noción de autoría como función social más que como identidad biográfica (Foucault, 1984). En esta línea, Foucault (1968) describe la “función-autor” como un constructo social que no se define por la atribución espontánea a un productor, sino por operaciones específicas y complejas; no remite a un individuo real, pudiendo dar lugar a múltiples “egos” o “posiciones-sujeto”. Esta función ha variado significativamente en Occidente, especialmente con la Modernidad, donde se puso énfasis en el escritor literario como un sujeto con unidad estilística, coherencia conceptual y correlación con su contexto sociohistórico. 

Por ejemplo, Shakespeare es una figura múltiple bajo un mismo nombre. Aunque hay dudas históricas sobre si las obras fueron escritas por una sola persona o por varios autores funciona como un principio de coherencia donde se busca una unidad de estilo, de pensamiento y contexto, aunque haya contradicciones o múltiples subjetividades dentro de las obras. Shakespeare como función-autor organiza un conjunto de textos y discursos. Por otra parte, Don Quijote se presenta como una obra que marca el límite entre la Edad Media y la Modernidad, donde los signos ya no se asemejan a los seres. El lenguaje en la novela de Cervantes rompe su parentesco con las cosas, entrando en una “soberanía solitaria” que lo convierte en un libro, cuya verdad reside en la relación interna de las palabras entre sí, no en su correspondencia con el mundo. 

El siglo XIX: la emergencia del hombre como objeto de saber

A comienzos del siglo XIX, el saber occidental sufrió una transformación profunda. La teoría de la representación dejó de ser el principio organizador de todos los órdenes del conocimiento. El lenguaje que, hasta entonces ocupaba un lugar central, perdió su lugar de privilegio y pasó a ser considerado como parte de un proceso histórico. Por primera vez, el hombre se convirtió simultáneamente en objeto de estudio y en sujeto del conocimiento dentro del campo del saber. 

Este cambio radical se manifestó en la constitución de nuevas disciplinas como la filología, la biología y la economía política que comenzaron a centrarse en la dimensión histórica de los fenómenos. Estos nuevos dominios se enfocaron en la historicidad de las cosas y los seres, en el trabajo, la vida y el lenguaje como “semitrascendentes”, es decir, autónomas pero relacionadas con el sujeto. 

El lenguaje se hunde en su propia materialidad y deja de ser un medio de representación. A su vez, el lenguaje literario surge como forma autónoma y vinculado al “acto puro de escribir”. La literatura moderna, desde Hölderlin hasta Mallarmé y Artaud, recupera el “ser en bruto” del lenguaje olvidado desde el siglo XVI y opera como un “contradiscurso” que desafía su función representativa. 

A diferencia del clasicismo, donde el lenguaje se entendía como vehículo de conocimiento y el conocimiento como un discurso estructurado, en el siglo XIX el lenguaje se repliega sobre sí mismo. Adquiere su propia historia, con leyes internas y una objetividad que lo convierte en un objeto de estudio, al mismo nivel que los seres vivos o la riqueza. La filología, como análisis de lo que se dice en la profundidad del discurso, se convirtió en la forma moderna de la crítica.

A pesar de este cambio, la figura del autor siguió siendo central. La concepción romántica de la autoría, especialmente en Europa, priorizaba la expresión de la subjetividad plasmada en la creación artística. Se exigía del autor no solo la producción de contenido, sino también que diera sentido, contextualizara y aportara un punto de vista desde su experiencia. La autoría ya no dependía de la mera acumulación de datos, sino también del proceso de comprensión e interpretación. 

En 1968, Barthes proclamó la “muerte del autor”, cuestionando la intencionalidad como clave de interpretación (Barthes, 1968). Poco después, Foucault señaló que el autor no es un individuo biográfico sino una función discursiva, un “espacio conceptual” donde convergen múltiples voces y sentidos (Foucault, 1984). Sin embargo, en décadas recientes se ha producido un “retorno del autor”, en el auge de las narrativas autobiográficas y en la revalorización de la voz individual (Premat, 2006).

La inteligencia artificial y los desafíos actuales de la autoría 

El siglo XX y XXI han presenciado un avance vertiginoso de la inteligencia artificial potenciado por el acceso a Internet. A su vez, la IA generativa, ejemplificada en herramientas como ChatGPT, Midjourney, Dreamwriter, puede producir ensayos coherentes y gramaticalmente correctos, generar historias de misterio en segundos y crear obras de arte que han alcanzado altos precios en subastas. Incluso, cuentos escritos con IA han ganado concursos literarios y libros con IA como coautor han proliferado en plataformas como Amazon. Esto ha reformulado el debate sobre la autoría planteando si la IA debería ser reconocida como autora exclusiva o coautora. 

Sin embargo, las definiciones legales de autoría actuales en la mayoría de los países, siguen estipulando que el autor es una persona natural (física). Se argumenta que la IA carece de cualidades humanas como la conciencia, la autonomía, la intencionalidad, la subjetividad y la causación mental, que son consideradas esenciales para la autoría. Erik J. Larson critica la idea de que la IA sea “realmente inteligente”, señalando que mientras los humanos pueden aprender de pocos ejemplos, la IA necesita miles o millones de datos para generar resultados, combinaciones, repeticiones sin que ello implique un proceso de comprensión  (Rodríguez Flórez & Angulo Jara, 2024). Para algunos, la “imperfección” podría incluso convertirse en el sello o aporte personal del autor humano en el futuro.

La jurisprudencia internacional es divergente. Por ejemplo, la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos (USCO) exige que se revele el uso de la IA en la creación de obras. Si la IA generó una cantidad sustancial de contenido, el solicitante debe excluir ese material y proporcionar una explicación detallada de su propia contribución, la cual debe cumplir con un mínimo de creatividad humana para otorgar derechos de autor. El caso de “Théâtre D’Opera Spatial” demostró que la selección y organización de instrucciones, el establecimiento de parámetros y la elección final de la imagen por parte del humano reflejaban la personalidad del autor y la originalidad necesaria, a pesar del uso de Midjourney.

En países como China, el Tribunal Popular del Distrito de Nanshan en el caso “Dreamwriter” atribuyó derechos de autor a los desarrolladores de un sistema de IA porque la IA fue utilizada como una herramienta de escritura, y los desarrolladores fueron quienes formaron la base de datos (recopilación, análisis, combinación de datos), la probaron y definieron la estructura y el estilo del artículo (Valencia Grajales et al., 2025). 

En otros países como Colombia o el Reino Unido se descarta la autoría de la IA (Labañino Palmeiro et. Al., 2024; Misseri, 2023). La Dirección Nacional de Derechos de Autor (DNDA) (Amado Osorio, 2020) de Colombia no reconoce a la IA como autora, pero ha registrado obras literarias donde la IA asistió con ilustraciones, siempre que la autoría de la parte literaria recaiga en humanos. En la misma línea, el Reino Unido ha descartado rotundamente a cualquier sistema no humano como autor a través del artículo 9 de su Ley de Derechos de Autor, Diseños y Patentes. 

En nuestro país, no hay jurisprudencia que reconozca a la inteligencia artificial como autora de obras en términos legales (Misseri, 2023). Es decir, ningún fallo judicial en Argentina ha atribuido a una IA la condición de autor de acuerdo con los criterios establecidos por la Ley de Propiedad Intelectual (Ley N. 11.723). Esta ley que regula los derechos de autor establece que “el derecho de autor corresponde a la persona física que crea la obra”. Es decir, el autor debe ser una persona humana, no una máquina ni un sistema automatizado. Además, hasta el momento no hay precedentes judiciales que hayan tratado casos en los que una IA reclame derechos de autor o se le reconozca como sujeto de derecho. Tampoco hay jurisprudencia que otorgue derechos patrimoniales o morales a quienes configuran o entrenan una IA como creadores indirectos de obras generadas por esa IA.

El debate actual se centra en si la intervención humana es “irrelevante” o no. Si un usuario solo da un par de instrucciones y decisiones generales, la obra podría considerarse de dominio público. Sin embargo, la intencionalidad del autor juega un papel muy importante, no solo como creador sino también como responsable de la obra. La “función-autor” implica el nombre, la relación de la apropiación y atribución (incluyendo la posibilidad de ser castigado o de añadir valor) y la posición del autor. El autor es un sujeto con una voluntad de creación a la que se atribuye y debe atribuírsele responsabilidad. Esta discusión se ha materializado en la construcción y viralización de videos en las última campaña electoral durante la veda que generaron polémica sobre los dichos de una figura pública cómo lo es la de un ex presidente invitando a votar por un partido político en particular. Como consecuencia directa, se realizó la presentación de un proyecto de ley para regular la difusión de videos creados con inteligencia artificial. A nivel nacional, existen dos proyectos a tratar. El Proyecto de Diputados del año 2024 establece principios rectores como la transparencia, robustez y equidad junto a un régimen de uso responsable de IA con evaluación de impacto, identificación clara de contenido generado por IA y obligaciones de capacitación y el Proyecto de Ley del Senado del año 2025 crea un marco de regulación general para sistemas de IA, define proveedores e implementadores, riesgo significativo, tipologías de IA y obligaciones de registro y control. A nivel jurisdiccional, solo el Proyecto de Ley de la Legislatura de la CABA del año 2024 fija prohibiciones sobre la IA manipulativa, la clasificación discriminatoria, la biometría en tiempo real salvo excepciones, requiere registro de proveedores y evaluación de riesgos para IA utilizadas en servicios esenciales. 

Por otra parte, incluso en textos científicos-técnicos, donde la impersonalidad y la objetividad son pretensiones, la selección y el criterio humanos son indispensables. La idea de que el autor esté “resucitando” con la autoficción o que pueda “volver a morir” con la IA generativa, subraya la naturaleza funcional y variable del concepto de autoría. Según Misseri (2023), la noción de autoría cumple una función social (responsabilidad, atribución de valor y sanción de daños) que la IA no puede desempeñar por lo que sus creaciones deberían quedar en dominio público. 

Conclusiones 

La figura del autor, un concepto relativamente reciente en la cultura occidental tal como la conocemos hoy, ha transitado de ser un garante de la verdad ligado a la autoridad y la semejanza, a una función social clave en la representación del discurso y, finalmente, a un sujeto creativo cuya individualidad y subjetividad son valoradas. La irrupción de la inteligencia artificial generativa ha puesto de manifiesto la necesidad de reevaluar estos pilares, desafiando las nociones tradicionales de creatividad, intencionalidad y personalidad inherentes a la autoría humana. 

Aunque las legislaciones actuales se aferran a la figura del “ser humano” como autor, los avances de la IA obligan a considerar nuevas perspectivas. Los casos judiciales y las políticas de oficinas de derechos de autor demuestran una tendencia a reconocer la autoría solo cuando hay una contribución creativa humana significativa, relegando a la IA al papel de herramienta hasta el momento. La “arqueología del saber” foucaultiana (Foucault, 1984) nos permite entender que esta tensión entre el hombre y la máquina en la creación no es meramente técnica, sino que toca la esencia de cómo comprendemos la producción de conocimiento y el papel del lenguaje en nuestra cultura. El futuro de la autoría dependerá de cómo las sociedades y los marcos jurídicos logren integrar la capacidad generativa de la IA sin desdibujar la singularidad del acto creativo humano y la responsabilidad que conlleva con el fin de evitar que todos los autores se desvanezcan con la IA. 

Bibliografía

  • Labañino Palmeiro, L., Lorca Marín, A. A., De las Heras Pérez, M. A., & Campina López, A. C. (2024). Evolución del concepto de inteligencia artificial en la literatura científica: Un análisis sistemático. Digital Education Review, (45), 65–91. https://revistes.ub.edu/index.php/der/article/view/45881
  • Valencia Grajales, J. F., Marín Galeano, M. S., & Gelasio Panesso, J. D. (2025). Derechos de autor, inteligencia artificial (IA) y desafíos éticos. Revista Ratio Juris, 20(40), 1–15. https://doi.org/10.24142/raju

*En el presente ensayo, el uso de la IA (ChatGPT 5.0) fue utilizado para revisar y corregir formatos de cita y estructurar la bibliografía. 

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